jueves, 10 de mayo de 2007

¿Dónde están las comunidades?

En estos casi 10 meses del nuevo gobierno pareciera que las comunidades campesinas no existieran. Entre 1985 y 1990 hubo los Rimanakuy, del crédito cero para ellas y de su consideración como la célula base de la sociedad, y hasta dos leyes especiales para ellas, la Ley General de Comunidades Campesinas y la Ley de Deslinde y Titulación del Territorio Comunal. 


Ahora, en cambio, en Sierra Exportadora ellas no son mencionadas y el Presidente viaja a la sierra sin siquiera mencionarlas. En 2004 se creo por ley una Comisión Especial Revisora de la legislación de comunidades campesinas y nativas, integrada por 4 congresistas, la Defensoría del Pueblo y otras entidades públicas, incluyendo –hasta donde sabemos, por primera vez en nuestra historia- a representantes de gremios campesinos y nativos: la CCP, la CNA, AIDESEP y CONAP. 

El proyecto, fruto de laboriosas sesiones, no fue aprobado por el Pleno. En 2006, la Comisión de Pueblos Andinoamazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología insistió en el proyecto, pero tampoco pasó. En cambio, el Congreso anterior sí se dio tiempo para aprobar entre junio de 2004 y marzo de 2006, hasta cuatro leyes [1]que modifican las legislación sobre comunidades campesinas, para permitir la reversión de tierras comunales al Estado. 

En esas leyes, aunque se habla del abandono de tierras comunales, se aplica la prescripción adquisitiva, siendo que las tierras comunales son imprescriptibles, conforme a la vigente Constitución Política. En estos momentos se tramita en el Congreso un proyecto de ley del Ejecutivo para entregar tierras de bosques en propiedad, con la idea de alentar las inversiones forestales. 

De aprobarse, sería una expresión más de la poca atención de los congresistas por la propiedad de las comunidades campesinas y nativas, olvidando las promesas con las que fueron elegidos. Mientras tanto, los gremios que participaron en las discusiones de la Comisión Especial en 2004, seguirán esperando la ansiada reforma constitucional, pero probablemente de llegar a procesarse, quedarán pocas tierras por defender. 



 [1] Nos referimos a las leyes números 28259, 28667, 28685 y 28687.

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